Preguntas Frecuentes






Cómo buscar en la web del Poder Judicial (www.pjn.gov.ar)? Puede indicar causa inexistente, a pesar de buscar por número de expediente y el año?

Cuando nuestro Estudio informa a sus clientes sobre los números de expediente, lo hacemos con el propósito de mantenerlos informados de que sus casos han sido presentados y que estamos trabajando activamente en ellos.
Es importante tener en cuenta que la visualización de los expedientes a través de la página del Poder Judicial solo estará disponible una vez que se haya sorteado el mismo. Hasta ese momento, para conocer el estado actual de la causa, es necesario comunicarse con nuestro Estudio.
Otra opción posible es ingresar a la web del Poder Judicial (www.pjn.gov.ar) qué mediante el ingreso a la sección “CONSULTA DE CAUSAS”, pueden verificar con su Apellido y su Nombre completo y/o número de Expediente asignado el estado del mismo.

¿Cuánto tiempo suele tomar aproximadamente un juicio hasta que se emite una sentencia definitiva?

Nos esforzamos al máximo para agilizar el progreso de las causas legales y minimizar los tiempos de espera en el sistema de justicia.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que los plazos en el ámbito del Fuero de la Seguridad Social, cómo también, del Fuero
Contensioso Administrativo Federal pueden ser considerablemente extensos. En general, un juicio de este tipo no suele tener una duración menor a tres años desde que se obtiene una resolución definitiva de la Cámara correspondiente de los Fueros anteriormente mencionados, exceptuándose aquellos qué ameritan un estudio más profundo dependiendo de la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Después de que se emite una sentencia definitiva favorable, ¿qué sucede a continuación y cuándo se realiza el cobro?

Una vez que se ha obtenido la Sentencia Definitiva de Cámara del Fuero que corresponda, el expediente se remite al Juzgado de origen, el Juez de grado ordena al organismo liquidador a practicar la liquidación. Se debe tener en consideración que una vez obtenida la Sentencia Definitiva de Cámara, denegado el recurso extraordinario o denegado el recurso de queja presentado por la parte demandada, se obtendrá la previsión presupuestaria para el pago qué el mismo se asigna mediante la ley de presupuesto vigente.

¿Cuál es el propósito de que nos comuniquen los números de expedientes en los que figuramos?

La información proporcionada demuestra que el Estudio Jurídico que nos representa cumple con su compromiso de presentar los expedientes de manera oportuna y conforme a lo acordado previamente. Estos datos nos brindan la tranquilidad de que se está llevando a cabo el proceso correspondiente y se están realizando las gestiones necesarias para obtener los resultados deseados.

¿El Poder General que firmé en la escribanía tiene validez para todos los juicios que el Estudio lleva en mi nombre?

Cuando se menciona el "Poder General Judicial y Administrativo", se está otorgando a los Letrados del Estudio Jurídico que nos representa un poder amplio para actuar en nombre del cliente en los distintos ámbitos de la Administración Pública, sin necesidad de la presencia o firma del cliente en cada actuación. Este poder general es fundamental para que los abogados encargados de llevar adelante las causas puedan realizar las acciones necesarias en el ámbito judicial y administrativo.
Es importante destacar que este Poder General es válido para todos los juicios en los que el cliente haya acordado trabajar con el Estudio Jurídico a través de convenios de honorarios o pactos de cuota litis. Sin estos acuerdos previos, el Estudio no tiene la obligación de iniciar acciones legales que no hayan sido pactadas previamente.

¿La búsqueda de información sobre el personal en actividad y el personal retirado (jubilado/pensionado) de las Fuerzas Armadas y de Seguridad se realiza en la misma sección de la página del Poder Judicial de la Nación?

Para las personas retiradas, jubiladas y/o pensionadas, es necesario dirigirse al Poder Judicial de la Nación y acceder a la sección de "Consulta de Causas" específicamente en la "Cámara de la Seguridad Social". En este caso, a diferencia del personal en actividad, el proceso puede ser seguido desde el inicio debido a que esta parte de la justicia está completamente informatizada.
En cambio, para el personal en actividad, se debe buscar en el Poder Judicial de la Nación, en la sección de "Consulta de Causa" de la "Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal". Los datos estarán disponibles una vez obtenida la Sentencia de Primera Instancia, como se mencionó anteriormente.

¿Cuál es la forma de mantenerme actualizado sobre el progreso de los juicios y las novedades relacionadas, si aún no se ha emitido una sentencia de primera instancia?

La forma más conveniente para que los clientes se comuniquen con el Estudio Jurídico es a través de su página web. Desde allí, podrán enviar sus consultas e inquietudes utilizando el formulario de contacto o enviando un mensaje al link de nuestro whatsapp.
El equipo del Estudio se compromete a responder a estas comunicaciones de manera oportuna, tanto en relación a las causas legales que ya están en curso, como también en lo que respecta a posibles novedades relacionadas con la presentación de nuevas acciones judiciales



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